Juan Pablo Ramírez Madrid | viernes, 11 de diciembre de 2015 h |

El nuevo baremo de tráfico entrará en vigor el próximo 1 de enero. Este sistema servirá de referente también para fijar las indemnizaciones a los médicos en caso de reclamación por una mala praxis. Definitivamente, el baremo específico para sanidad no verá la luz en esta legislatura. Conrado Núñez, director general de DS Legal, considera que no es necesario, incluso piensa que podría ser contraproducente: “Objetivaría el daño y no tendría en cuenta si hubo o no mala praxis”.

Pregunta. ¿Cuáles son los cambios más importantes que introduce el baremo de accidentes que entrará en vigor el 1 de enero?

Respuesta. Lo primero ha sido la reorganización de las tablas. Es lo que queda más claro. Antes teníamos unas indemnizaciones básicas con unos factores de corrección en los mismo sectores: muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal. Dentro de ellas había diferentes interpretaciones: daños morales, patrimoniales, familiares, psicológicos… Ahora se clasifican de una manera más neutral. Se define si en perjuicio personal básico, si es perjuicio personal particular o patrimonial. Esto queda claro, pero en el resto del baremo es bastante compleja su interpretación.

P. Se introducen, entre otras, figuras como el lucro cesante.

R. El primer cambio importante es el lucro cesante o perjuicio patrimonial. La compensación dependerá de la cuantía económica de lo que gane el perjudicado. En las lesiones más habituales, como puede ser una tetraplejia, dependerá también de la profesión del afectado. Se ha producido también una ampliación en el número de afectados. Entra la figura del allegado, que es una persona que haya vivido más de cinco años con el perjudicado. Luego a nivel de baremo médico, las secuelas no tendrían que ser definitivas 100 por 100. En un momento dado se pueden valorar las secuelas no previstas o se pueden volver a abrir el pleito para reclamar esas cantidades. Otro aspecto es la introducción de las rentas vitalicias, que hasta ahora no se valoraban. Es decir, ante una secuela muy alta, se le da al afectado una cantidad fija mensual vitalicia hasta su fallecimiento.

P. ¿Cómo afecta directamente al médico?

R. Por analogía, los jueces utilizarán el baremo de tráfico para juzgar la llamada mala praxis médica.

P. ¿Por qué se va a ver afectada la mediación?

R. La mediación no está aún implantada en España. Se está introduciendo ahora y se encuentra en pañales. Hay que tener en cuenta que puede ser muy importante en cuestiones de la familia, en un divorcio para evitar el juzgado, que puede ser traumático. Pero cuando hablamos de responsabilidades subjetivas como puede ser la medicina resulta muy complejo, porque lleva aparejado reconocer una culpa y en un acto médico en el 90 por ciento de las ocasiones, las reclamaciones son infundadas. Dentro de ese 10 por ciento de casos fundados es muy difícil llevarlo a cabo sin la garantía de un abogado. Se trata, ante una situación compleja, de llevar a buen puerto el tema sin entrar en la vía judicial, pero hay que garantizar al médico asegurado que sus derechos quedan salvaguardados.

P. ¿Cuánto suben porcentualmente las indemnizaciones con este nuevo baremo?

R. Los estudios sectoriales ponen de manifiesto que este baremo aplicado a tráfico va a provocar un incremento de entre el 20 y el 40 por ciento de la siniestralidad. Las indemnizaciones por fallecimiento o lesionados permanente, como inválidos o tetrapléjicos, que en la parte sanitaria nos afecta de lleno. Estamos hablando de unas estimaciones de entre el 300 y el 400 por 100 en responsabilidad civil sanitaria, es decir 10 veces que la aplicación pura a automóviles.

P. ¿Son proporcionales estas medidas o el médico queda desprotegido?

R. Unas nuevas reglas del juego van a provocar una batalla de las interpretaciones como ya ocurrió con el baremo del año 95. Van a pasar 10 años hasta que haya sentencias del Tribunal Supremo que generen jurisprudencia. Ahí se genera otro problema muy importante que es el carácter retroactivo de la ley. Los nuevos actos médicos deberían juzgarse con el nuevo baremo y los antiguos con el que existe en vigor hoy. Un médico que el año pasado hiciera una póliza por 600.000 euros, aunque se viene recomendando un mínimo de 1.200.000 euros, sería muy poquito a lo que estaría expuesto su patrimonio. Si a un juez a partir del 1 de enero le cayera en sus manos archivado el procedimiento penal y abierto el civil, el abogado contrario le reclamara por el nuevo baremo y el juez lo aceptara. Ese profesional ya no podría hacerse un nuevo seguro, porque ya conoce el siniestro. Estaríamos dejando a mucha gente desprotegida.

P. ¿Qué debería hacer el médico?

R. Ampliar su seguro, pero en todos los siniestros que están abiertos, el asegurado no tiene la opción de contratar un capital mayor. Si se aplicara con carácter retroactivo se haría muchísimo daño a los médicos.

P. ¿Pero existe riesgo real de que lo puedan aplicar con carácter retroactivo?

R. En teoría no deberían, pero depende de varios factores, del abogado que reclame o del criterio del juez. Esperamos que lo apliquen solo para actos médicos por el bien de la sociedad. Pero lo primero que debería a hacer el médico ahora es aumentar su capital y situarlo en torno a los 2,4 millones de euros para sortear los siniestros nuevos que les puedan venir.

P. ¿Qué especialidades serían las más afectadas?

R. En principio, todas las especialidades, pero podría tener un mayor impacto por frecuencia, además de medicina de familia por los infartos no detectados por ejemplo, traumatología y neurocirugía por las lesiones permanentes; también un obstetra por daños neurológicos en el parto o la no detección de malformaciones en el feto, por ejemplo.

P. ¿Y las aseguradoras?

R. Automáticamente, todas las tasas tienen que subir para afrontar lo que viene. Uniteco, como correduría, ya están asesorando a sus clientes. Las compañías de seguros tendrán que subir las primas. El problema además es que el médico no está concienciado y no se lo cree. Los seguros llevan bajando desde hace ocho años y de repente van a subir. Las nuevas normas de aplicación son muy peligrosas para ellos.

P. ¿Hasta qué punto resulta necesaria la aprobación de un baremo específico para daño sanitario?

R. No creemos en un baremo específico. El mayor efecto que tendría es que objetivaría el daño y no tendría en cuenta si hubo o no mala praxis, si hay culpa o si hay una equivocación. Sin embargo, creemos necesarias unas tablas diferenciadoras o correctoras en el baremo de tráfico. No es lo mismo entrar en un hospital con una enfermedad a que la persona sana sufra un accidente de coche. El baremo de tráfico tendría que tener corrector que modificara el daño. Tampoco es lo mismo un error en operar el miembro equivocado, a que por ejemplo haya un error en el consentimiento informado.

Los actos
médicos antiguos deberían juzgarse
con el baremo actual
y no con el nuevo”

Creemos necesarias unas tablas diferenciadoras para médicos en el baremo de tráfico”