E.M.C. Madrid | viernes, 12 de enero de 2018 h |

Hasta el 18 de enero está abierto el periodo de información pública del Proyecto de Decreto del Consell valenciano por el que se regulan los efectos de la extinción del contrato de gestión del servicio público por concesión del Departamento de Salud de la Ribera en materia de personal.

A lo largo de estos días el proyecto puede consultarse en la web de la conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (www.san.gva.es), dentro del apartado de normativa sanitaria, participación ciudadana y alegaciones a proyectos, así como en la sede física de la Dirección general de Recursos Humanos y Económicos de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Así lo ha recogido esta semana el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, que remarca que las alegaciones u observaciones efectuadas por las personas o entidades interesadas deben dirigirse por escrito a la dirección general.

El 31 de marzo finaliza el contrato de gestión de servicio público por concesión a la UTE Ribera Salud del departamento. El texto recoge que la Conselleria se subrogará en los contratos, temporales o indefinidos, vigentes en dicho momento. No obstante, matiza que aunque la conselleria está obligada a asumir los trabajadores contratados por Ribera Salud, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad “impiden” que “puedan acceder directamente a la Administración y ser considerados como empleados públicos”.

Entre las excepciones a esta subrogación están los trabajadores contratados por la concesionaria entre la fecha de entrada en vigor de las normas de reversión, el 1 de abril, hasta el 31 de marzo de 2018 que no dispongan del preceptivo informe favorable de la Dirección General de Recursos Humanos, y aquellos que no cuente con la preceptiva titulación, autorización o habilitación.

El personal subrogado mantendrá su relación laboral en la condición de personal laboral a extinguir y prestará sus servicios bajo la dependencia orgánica y funcional de la Conselleria hasta la extinción del contrato de trabajo por cualquiera de las causas legalmente previstas. Además, la plantilla subrogada desempeñará sus tareas en las mismas condiciones de trabajo que tenían en su contrato, en el convenio colectivo.