redacción Vitoria | viernes, 17 de febrero de 2012 h |

Muchos se llevaron las manos a la cabeza cuando algunos representantes del sector propusieron una reducción del número de oficinas de farmacia y una adecuación de las leyes de ordenación para adaptarlas al nuevo entorno. Ahora, la Ley de Ordenación Farmacéutica del País Vasco, publicada el pasado 4 de febrero en el BOE, reconoce que “la realidad actual revela que en determinadas zonas farmacéuticas existe un exceso de oficinas de farmacia”.

Por ello, la nueva normativa aprobada por el gobierno que preside Patxi López incluye una disposición final que habilita a la administración autonómica, en tanto se dé esta situación, a desarrollar “medidas que faciliten la adecuación del número de oficinas de farmacia”. Eso sí, el texto matiza que ello no debe suponer nunca un deterioro de la adecuada Atención Farmacéutica.

“Las proporciones de habitantes por cada oficina de farmacia que se establecen en esta ley son muy semejantes a las que rigen en los países de nuestro entorno, si bien para llegar a alcanzar dichas proporciones es preciso adoptar una serie de medidas”, se recoge en la exposición de motivos de la normativa. Así, por ejemplo, se ha sustituido como unidad de planificación el ámbito territorial del municipio por la zona farmacéutica, que surge de interrelacionar la zona de salud y el municipio. De este modo, se busca premiar los criterios sanitarios frente a los político-administrativos.

Otra de las novedades que recoge esta ley consiste en establecer un mínimo de concentración poblacional para estimar adecuada la cobertura de Atención Farmacéutica. En concreto, se opta por considerar los botiquines como “el establecimiento sanitario óptimo” cuando el número de habitantes a atender no supere los 800, por lo que no se autorizarán oficinas de farmacia en los municipios con una población inferior. En cualquier caso, se precisa que los botiquines estarán vinculados a una oficina de farmacia de la misma zona farmacéutica o municipio.

Además, la nueva legislación establece que para la apertura de nuevas boticas se debe pasar por dos fases. La primera de ellas orientada a la adecuación de la realidad actual con un sistema con el que se pretende redistribuir las existentes. Y es que, entre las metas que esta ley se fija destaca la dotación y distribución de los establecimientos y servicios sanitarios farmacéuticos en aras de “garantizar a todos los ciudadanos una adecuada y homogénea atención farmacéutica”. Asimismo, la ley persigue la utilización racional de los medicamentos.

Definir la AF

No obstante, la nueva normativa vasca reconoce que “no es tarea sencilla definir la atención farmacéutica”. Eso sí, finalmente, los legisladores han optado por calificarla como “servicios de interés público”, lo que, según recoge el texto, permite conjugar el ejercicio libre de las profesiones sanitarias con una razonable intervención de los poderes públicos.