| miércoles, 10 de abril de 2013 h |

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha tumbado definitivamente los pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas del Acuerdo Marco para la selección de suministradores de productos sanitarios.

En una resolución firmada el pasado 5 de abril, el TACRC anula la definición de los lotes 4 y 5 (tiras reactivas) en lo que “atañe a los términos de añadida exigencia de los medidores y lancetas”. Además, anula el anexo VII, de los criterios de adjudicación de los contratos derivados con el objeto de que se redacte “en términos que vinculen a los órganos de contratación que deben adjudicar los contratos derivados en cuanto a los criterios de adjudicación a seleccionar y a la ponderación que deba corresponder a cada uno de ellos de forma que resulte suficientemente orientativa para los posibles licitadores a la hora de formular sus ofertas”. Por último, el tribunal también anula la cláusula 4.2.f del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en lo que se “contrae a la habilitación de la eventual adjudicación de cada contrato derivado a varios licitadores”, según se recoge en el texto de la resolución a la que ha tenido acceso EG.

De este modo, el Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa) tendrá que modificar los pliegos y volver a convocar un nuevo concurso, todo ello tras consensuar con las comunidades autónomas qué criterios establecerá para los contratos derivados, tal y como explica la resolución del TACRC. Todo ello no llevará menos de tres o cuatro meses, con lo que es probable que la central de compras de productos sanitarios vea la luz tras el verano.