j.r-t Madrid | viernes, 14 de marzo de 2014 h |

Agridulce. Ese es el sabor que ha dejado el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TARC) de Andalucía tanto a los recurrentes y los pacientes como al Servicio Andaluz de Salud tras la resolución emitida el pasado jueves sobre el Acuerdo Marco de homologación para la selección de principios activos para determinadas indicaciones, más conocido por Alternativas Terapéuticas Equivalentes (ATEs). Los pliegos han quedado anulados por incumplir la Ley de Contratación Pública al usar criterios no sujetos a derecho y, con ellos, la licitación. Sin embargo, el concepto de selección de fármacos por indicación ha quedado respaldado a ojos del tribunal administrativo.

Con la resolución, los recurrentes han ganado tiempo, ya que el concurso ha quedado invalidado, circunstancia que ha sido valorada de forma positiva por Farmaindustria. “No se pueden comparar medicamentos diferentes según dice el tribunal”, aseguran desde la patronal de la industria innovadora sobre una de las cuestiones capitales que más polémica ha suscitado alrededor de las ATEs. El dictamen del TARC andaluz así lo reconoce al afirmar que no pueden generar “una igualdad de trato entre los licitadores puesto que ésta solo puede existir si lo que se valoran son proposiciones sobre un mismo principio activo pero nunca respecto a distintos”. En concreto, el tribunal hace referencia a los criterios no automáticos de selección, que evalúan, entre otras cosas, aspectos como la calidad o el envasado de la presentación. Asimismo, desestima los pliegos porque se aplican “criterios que no han sido puestos previamente en conocimiento de los licitadores”.

Por su parte, desde la Consejería de Salud de Andalucía han asegurado que consideran la resolución “como positiva” a pesar de la anulación”. “Se acepta el procedimiento y solo cuestiona dos aspectos técnicos que se va a trabajar en cambiarlos para que sean aceptado el acuerdo marco”, aseguran.

Agridulce. Ese es el sabor que ha dejado el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TARC) de Andalucía tanto a los recurrentes y los pacientes como al Servicio Andaluz de Salud tras la resolución emitida el pasado jueves sobre el Acuerdo Marco de homologación para la selección de principios activos para determinadas indicaciones, más conocido por Alternativas Terapéuticas Equivalentes (ATEs). Los pliegos han quedado anulados por incumplir la Ley de Contratación Pública al usar criterios no sujetos a derecho y, con ellos, la licitación. Sin embargo, el concepto de selección de fármacos por indicación ha quedado respaldado a ojos del tribunal administrativo.

Con la resolución, los recurrentes han ganado tiempo, ya que el concurso ha quedado invalidado, circunstancia que ha sido valorada de forma positiva por Farmaindustria. “No se pueden comparar medicamentos diferentes según dice el tribunal”, aseguran desde la patronal de la industria innovadora sobre una de las cuestiones capitales que más polémica ha suscitado alrededor de las ATEs. El dictamen del TARC andaluz así lo reconoce al afirmar que no pueden generar “una igualdad de trato entre los licitadores puesto que ésta solo puede existir si lo que se valoran son proposiciones sobre un mismo principio activo pero nunca respecto a distintos”. En concreto, el tribunal hace referencia a los criterios no automáticos de selección, que evalúan, entre otras cosas, aspectos como la calidad o el envasado de la presentación. Asimismo, desestima los pliegos porque se aplican “criterios que no han sido puestos previamente en conocimiento de los licitadores”.

Por su parte, desde la Consejería de Salud de Andalucía han asegurado que consideran la resolución “como positiva” a pesar de la anulación”. “Se acepta el procedimiento y solo cuestiona dos aspectos técnicos que se va a trabajar en cambiarlos para que sean aceptado el acuerdo marco”, aserguran.