Juan Pablo Ramírez Madrid | viernes, 01 de abril de 2016 h |

Las instrucciones previas son un acto médico. Es una de las reflexiones que realizan Juan Calixto Galán, fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz y Mariano Casado, médico forense y profesor de Medicina de la Universidad de Extremadura, ganadores del Premio Nacional de Derecho Sanitario, patrocinado por las fundaciones AMA y De Lorenzo, por su trabajo Las instrucciones previas. Una reflexión crítica.

Este documento recoge las voluntades anticipadas de un ciudadano sobre los cuidados, los tratamientos de su salud o el destino de su cuerpo u órganos, con el objetivo de que se cumpla en el momento en el que no sea capaz de expresarlas personalmente o de que fallezca como queda reflejado en la Ley 41/2002. Este asunto ha cobrado relevancia recientemente a raíz del caso Lambert en Francia, después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos avalara que se dejara morir a esta persona que se encontraba en estado vegetativo desde hace siete años.

Casado subraya que “la cumplimentación del documento de instrucciones previas o voluntades anticipadas es un acto médico, porque el responsable final es un facultativo”. Los expertos abogan por la utilización de un procedimiento similar al consentimiento informado. En este sentido, destacó “el papel que debe jugar el colegio de médicos en estas cuestiones”. Su tarea consistiría por un lado en la formación del profesional para que pueda informar al paciente, y, por otro, destinar un espacio en el que pueda asesorar directamente a la sociedad. Tal es la importancia de los colegios que incluso la Organización Médica Colegial trabaja en la elaboración de un documento específico.

Dentro de este rol de asesoramiento sería “el médico de cabecera el que tiene más capacidad de informar al paciente”. Galán va más allá y advierte de que estas instrucciones deben quedar reflejadas “dentro de la historia clínica del paciente”. Para ello, resultaría necesario “una modificación legislativa”.

Escaso conocimiento

Salvo en comunidades como Cataluña y País Vasco donde siete de cada 10.000 habitantes realizan un documento de instrucciones previas, las cifras en el resto de España resultan más bajas. La media nacional se encuentra en 1,33 por cada 10.000 personas. Uno de los problemas actuales es el desconocimiento tanto por los profesionales sanitarios como por la población de la legislación. “El ciudadano tiene que saber que hay un documento que puede para hacer para decidir muchos aspectos de su vida cuando no va a tener capacidad”, destaca Galán.

A este inconveniente se suma una gran disparidad legislativa entre las diferentes regiones. “Cada comunidad autónoma, tomando como base ese artículo 11 de la Ley 42/2002, ha desarrollado ese artículo según le ha venido bien y tenemos 17 regulaciones diferentes”, lamenta Casado, quien insiste en “unificar criterios”, en relación a la capacidad de los menores para realizar instrucciones previas, la necesidad de testigos o de notario, la responsabilidad del médico o del profesional sanitario…”. Galán destaca las dificultades para llevar a cabo este proceso, ya que “las competencias sanitarias están transferidas y el desarrollo y la gestión corresponde a la administración autonómica”.