Carmen M. López Madrid | viernes, 22 de julio de 2016 h |

Esta semana el Servicio Andaluz de Salud (SAS) dará luz verde a la creación de la categoría profesional del médico de urgencias a través de un proyecto de orden. Una medida que supondrá equiparar a los especialistas andaluces al resto de comunidades autónomas, que ya cuentan con esta figura profesional, por lo que supone una buena noticia para el colectivo. Así lo explica el presidente de la Sociedad Española de Médicina de Urgencias y Emergencias (Semes), Fernando Ayuso, que además indica que la inexistencia de la especialidad obliga a regular a todos los profesionales que durante años están trabajando en los servicios de urgencias y emergencias (SUE).

De este modo, los urgenciólogos opinan que es necesaria la categoría profesional (CP), entre otras razones, para optimizar la organización y autogestión de nuestros servicios, haciéndolos más eficientes, alejando de ellos “la penosidad laboral” que hace emigrar a los profesionales a atención primaria, de la misma manera que ocurre con otros especialistas.

Sin embargo, la última versión del borrador antes de que vea la luz está dando que hablar. En líneas generales, tiene el apoyo de los urgenciólogos, pero plantea algunas inquietudes. “Estamos de acuerdo al 90 por ciento, porque es necesaria la figura del médico de urgencias hospitalaria, es un clamor del colectivo”. Pero la sociedad científica considera que el texto debería ser más claro para que no existan problemas de interpretación.

Como indica Ayuso, que esta orden contemple asuntos relacionados con turnos horarios o salarios no tiene sentido. “Son cuestiones que se deberían negociar con los sindicatos al margen de la normativa”. La sociedad considera que de entrada no deberían recogerse, dado que los profesionales que se acojan a la categoría son estatutarios y en el estatuto ya viene reflejado el horario y los turnos del servicio. “Las organizaciones sindicales deben estar alerta y bajo ningún concepto debe figurar en el borrador nada relacionado con horarios de trabajo, es más, se deben acoger al horario de los facultativos especialistas de área (FEAS) del resto de especialidades, sin diferencias”, asegura Semes.

Lo que no debe quedar a expensas de la normativa es la cuestión de los médicos sin especialidad o los pre-95. Es decir, para acceder a la categoría hay que ser especialista en alguna disciplina. Está claro que un licenciado sin especialidad no puede trabajar en el sistema sanitario público, pero los no especialistas “que acumulan experiencia en servicios de urgencias” deben estar incluidos en el acceso a la nueva categoría profesional. “Esto no significa que urgencias sea un cajón de sastre”, indica Ayuso. No hay que olvidar, a su juicio, que el SAS ha contratado por necesidades de los diferentes servicios a un número cuantioso de facultativos no especialistas, licenciados después de 1995, dando lugar a irregularidades de contratación que ahora se deberían subsanar incluyendo a esos profesionales dentro de esta orden, dado que han estado prestando funciones en los servicios.

Este colectivo no pasa de la veintena en Andalucía, por lo que el presidente de la sociedad considera que el SAS les tiene que regularizar la situación. En el caso concreto de la Junta, en los servicios de urgencias se concentran reumatólogos, dermatólogos, internistas, etcétera, que llevan más de diez años ejerciendo. De este modo, “aquellas especialidades que queden fuera de las áreas de capacitación específica (ACEs) no podrán acceder”.

El urgenciólogo explica que desde hace más de diez años la categoría de médicos de urgencias existe en todas las autonomías, a excepción de Andalucía. En 2000 salió la categoría de médico de familia en las unidades de cuidados críticos y de urgencias, pero “no servía para para el colectivo, porque los urgenciólogos no tenían libre circulación por el SNS”. Finalmente, la administración les ha dado la razón con esta orden, ahora queda ver si estos asuntos quedan reflejados en el documento final.