Alberto Cornejo La Coruña | viernes, 21 de junio de 2019 h |

Los farmacéuticos gallegos dejarán atrás este 25 de junio la Ley de Ordenación Farmacéutica con la que han convivido desde 1999 para pasar a disponer de un nuevo texto “ajustado a las necesidades de la profesión y la sociedad”, como así lo defiende el Gobierno regional y apoyan los colegios farmacéuticos. Ese día, el 25 de junio, será cuando el proyecto de ley se sometido al debate y votación final por el Pleno del Parlamento.

Aunque esta nueva LOF tenía ya su futuro asegurado, ni tan siquiera hará falta finalmente que el Gobierno popular e impulsor del texto haga valer su mayoría parlamentaria en la votación. Si nada cambia, el grupo socialista también se postulará a favor de la ley, tras aceptarse la introducción a última hora de varias enmiendas socialistas. “Nos satisface este consenso. El apoyo de PP y PSOE garantiza que no sea una norma de quita y pon”, apunta Vicente Álvarez, presidente del COF de Orense.

Precisamente, una de esas enmiendas repercute a la que puede considerarse principal novedad de la LOF en comparación con la que sustituye: la Atención Farmacéutica Domiciliaria que en adelante podrán ofrecer las farmacias gallegas. Ahora bien, en ningún caso se refleja este concepto (AFD) en su textualidad, sino que hay que basarse en el apartado “supuestos especiales de entregas de medicamentos” dentro del capítulo dedicado a la Atención Farmacéutica (Capítulo 1, sobre disposiciones generales de la Atención Farmacéutica).

Al margen de esta ausencia de denominación concreta, tal como informó EG en su pasada edición (ver EG nº 887), la Comisión de Sanidad del Parlamento de Galicia acordó concretar un poco más la forma en la que se podrá ofrecer este servicio “a aquellos pacientes en zonas rurales que por sus condiciones (físicas o de salud) no puedan desplazarse a la farmacia”, tal como plasma el dictamen de a norma y siempre que la dispensación en domicilios englobe “la entrega informada y con el cumplimiento de las garantías de dispensación de medicamentos”.

Otra modificación final afecta al número de farmacias que podrán prestar este servicio, manteniéndose en todo caso la decisión final en manos del paciente. El anteproyecto aludía a que dicho servicio debía ser prestado por la farmacia “habitual” del paciente. Sin embargo, finalmente se ha ampliado el ratio de posibles establecimientos prestadores a “una de las cinco farmacias más próximas al domicilio del paciente dentro de la misma zona farmacéutica”. Ahora bien, se establece también la opción de que “por expreso deseo del paciente”, pueda ofrecerse “por otra oficina de farmacia de la misma área de referencia o punto de atención continuada”.

Valoración colegial

Ahora que ya se conoce el que será texto definitivo, desde los colegios farmacéuticos gallegos se reafirma la satisfacción que, en la valoración global, que dejaban sus primeros borradores. En primer lugar, porque ha sido consensuada desde sus comienzos con estas corporaciones. Y segundo, “porque garantiza el modelo, apuntala al farmacéutico como agente de salud de primer orden y abre la puerta a nuevos servicios asistenciales”, enumera Álvarez.

Respecto al artículo referente a la AFD (o entrega a domicilio, como se denomina), desde estas corporaciones se reconoce que hubieran preferido otra redacción “más concisa”. Si no respecto a que esta norma ya especificase criterios de prestación del servicio en vez de dejarlo en manos de un futuro decreto —que también—, sí que esta redacción no hablase de un posible servicio a realizar, sino que quedase “fijado” como una función a llevar a cabo.

Respecto al acotamiento de la prestación del servicio a las cinco oficinas de farmacia más próximas al paciente, se aplaude el “espíritu” que persigue esta decisión: proteger la farmacia rural. Ahora bien, desde los colegios se espera que esa concreción no acabe generando problemas con Competencia, como así ha ocurrido otras veces que se han impuesto cotos o directrices en servicios ofrecidos por las farmacias frente a la libre elección del paciente. Por ejemplo, ahí están los litigios judiciales y dictámenes negativos de Competencia respecto, por ejemplo, a los turnos rotatorios impuestos en algunas CC.AA. para el suministro a residencias. “Esperemos que no surjan problemas así porque entendemos las buenas intenciones que se ha perseguido con esta limitación”, apunta Álvarez.